Todos los programas del nivel de Postgrado, independientemente de su modalidad, deben tener el crédito como la unidad de valor académico, el cual estará asociado al número de horas de docencia, de laboratorios o de investigación. El crédito constituye la unidad de medida de la dedicación del estudiante y se expresa en términos de horas en una de las formas siguientes:
- Un (1) crédito es equivalente a 15 horas de docencia teórica, y/o acompañamiento directo del docente, de acuerdo a la metodología del programa académico.
- 30 horas en término de docencia práctica.
- 45 horas de investigación.
La carga académica establecida en cada una de las categorías del nivel de Postgrado está distribuida de la siguiente forma:
- Especialidad: Para los estudios de Especialidad, se establece un mínimo de veinte (20) créditos, con una duración, no menor a nueve meses.
- Maestría: Para los estudios conducentes al título de Maestría, independientemente de que su modalidad sea de profundización profesional o de investigación, se establece una carga académica mínima de cuarenta (40) créditos cursados en un período no inferior a 18 meses. Dicha carga académica incluye el trabajo individual de investigación indispensable para concluir la Maestría orientada a la Investigación; así como el trabajo final que se exija en la Maestría orientada al ejercicio profesional.
- Las Especialidades del área de ciencias de la Salud, cuyo programa y nivel sea equivalente a la Maestría, y que se desarrollan en hospitales docentes y avaladas por Instituciones de Educación Superior, tienen un mínimo de cuarenta (40) créditos y tres años de estudios e investigación.
- Doctorado: Los planes de estudios conducentes al título de doctor deben incluir, una vez finalizada la Maestría, un mínimo desesenta (60) c´reditos, desarrollados en un plazo no menor de tres (3) años, incluyendo el trabajo individual de investigación.
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